Renting

¿Cómo funciona el renting de coches eléctricos para autónomos?

Para un autónomo, el renting de un eléctrico puede deducirse al 100 % en IRPF e IVA, pero solo si se cumple una condición concreta que Hacienda mira con lupa. Explicamos qué exige, cuánto se desgrava en cada caso y qué entra realmente en la cuota mensual.

Marçal Mercadé 5 min de lectura
Autónomo junto a su coche eléctrico de renting

Para un autónomo, el renting de un coche eléctrico tiene un atractivo que va más allá de la cuota fija: desgravar el renting supone un ahorro económico considerable. Pero hay una condición que Hacienda mira con lupa y que decide si deduces el 100 % o la mitad.

¿Cuánto desgrava un renting de coche a un autónomo?

Una de las grandes ventajas de utilizar un vehículo de renting para la actividad profesional es la posibilidad de deducirlo por dos vías: el IRPF y el IVA.

Para que la Agencia Tributaria lo acepte, hay que cumplir dos requisitos:

  • Demostrar el uso exclusivamente profesional del vehículo. Es la clave de todo: permite deducir el 100 % del IRPF y del IVA. Si el uso es mixto —profesional y personal—, la deducción del IVA se queda en el 50 %.
  • Declarar el coste del renting como gasto deducible en la declaración anual del IRPF.

La deducción del IVA

La segunda vía es el IVA incluido en las cuotas mensuales, actualmente del 21 %. La rebaja fiscal será del 100 % si el uso del vehículo es únicamente profesional y del 50 % si se combina con un disfrute personal del mismo.

Otros gastos que puedes deducir

Con un eléctrico se abren además dos deducciones que suelen pasarse por alto:

  • Hasta el 50 % del gasto de electricidad correspondiente a los desplazamientos de trabajo.
  • Los gastos de aparcamiento vinculados a la actividad.

Otras ventajas del renting para autónomos

Todo incluido en una sola cuota

Esta es probablemente la ventaja más práctica del día a día: todos los gastos del vehículo en un único pago, con la única excepción de la electricidad de la recarga. Facilita el control del gasto y evita los costes imprevistos, que es justo lo que complica la contabilidad de un autónomo.

La cuota incluye:

  • Gestión y pago de impuestos.
  • Cambio de neumáticos.
  • Seguro.
  • Reparaciones.
  • Mantenimiento.
  • Asistencia 24/7.

Ayudas del Plan MOVES III

Las ayudas de las administraciones incluidas en el Plan MOVES III afectan también a la modalidad de renting, siempre que se cumplan dos requisitos: que el precio del vehículo no supere los 45.000 € sin IVA, y que el contrato tenga una duración mínima de 2 años.

Para un autónomo, el importe de las ayudas es de 4.500 €, a los que pueden sumarse descuentos adicionales por parte del fabricante del vehículo. Y conviene destacar que el Gobierno ha prorrogado las ayudas del Plan MOVES hasta el 31 de julio de 2024, siete meses más de lo previsto. El detalle completo del programa lo repasamos en subvenciones para vehículos eléctricos.

Cómo demostrar el uso profesional

Toda la deducción se juega en este punto, así que conviene tomárselo en serio. Hacienda considera deducible un gasto necesario para el desarrollo de la actividad económica, y puede pedirte que lo acredites. Lo que sirve como prueba:

  • Registros de kilometraje que reflejen los desplazamientos de trabajo.
  • Facturas asociadas al vehículo: mantenimiento, recargas, aparcamiento.
  • El contrato de renting a nombre del autónomo o de la empresa.

Hay actividades que lo tienen más fácil por su propia naturaleza —comerciales, repartidores, transportistas—, donde el uso profesional del coche es evidente. En otros perfiles, la documentación pesa más.

Tres mitos que conviene desmontar

«Si también lo uso en mi vida personal, no puedo deducir nada»

Falso. El uso mixto no anula la deducción, la reduce: deduces la parte proporcional al uso profesional en el IRPF y el 50 % en el IVA, como recoge la tabla de arriba. Renunciar a deducir por tener uso mixto es dejar dinero sobre la mesa.

«Solo puedo deducir coches eléctricos baratos»

Hacienda no establece un límite de precio. Lo que sí conviene es que el gasto guarde proporción con tu facturación: un vehículo muy caro frente a unos ingresos modestos es el tipo de desajuste que llama la atención en una inspección.

«El renting no es deducible»

Es el mito más extendido y el más equivocado. El renting no solo es deducible: para un autónomo es fiscalmente más eficiente que la compra, porque toda la cuota —mantenimiento, seguro e impuestos incluidos— se justifica con una sola factura mensual, y porque no inmovilizas capital. El coche no figura en tu balance como activo, así que conservas liquidez para el negocio.

Bonificaciones en impuestos locales

Al margen del IRPF, muchos ayuntamientos bonifican el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) a los coches eléctricos. No entra en la declaración de la renta, pero es un ahorro anual recurrente que merece una consulta en tu municipio. Otras ventajas de circulación —ZBE, peajes, aparcamiento— están en las etiquetas DGT.

Y una recomendación general: las circunstancias fiscales de cada actividad son distintas, así que ante cualquier duda concreta, consúltalo con tu gestor.

Ayudas para cargadores y paneles solares

Como el vehículo eléctrico es la alternativa de transporte más ecológica, tanto la Unión Europea como las administraciones nacionales y autonómicas ofrecen ayudas relevantes para instalar cargadores y paneles solares.

La combinación de ambos es la que permite minimizar o incluso eliminar el gasto en «combustible»: si generas tu propia energía y cargas en casa, el coste por kilómetro se acerca a cero. Lo desarrollamos en instalar un cargador en casa o empresa.

Cómo te lo ponemos fácil

En EV-Renting disponemos de un catálogo amplio de vehículos eléctricos en renting a precios competitivos, con una parte importante de la flota compuesta por Tesla a un coste inferior al habitual del mercado.

Además nos encargamos de tramitar las ayudas disponibles y de aplicar la reducción directamente en la cuota mensual, sin que tengas que esperar a la resolución administrativa para notarlo.

Conclusión

El renting para autónomos combina tres cosas: deducibilidad fiscal —hasta el 100 % si el uso es exclusivamente profesional—, gasto previsible en una sola cuota y acceso a las ayudas disponibles. Con un eléctrico se suman además las deducciones por electricidad y aparcamiento.

Consulta los modelos disponibles o agenda una consultoría gratuita y repasamos contigo qué te aplica según tu actividad.

Cuánto puedes deducir según el uso que des al vehículo
Uso del vehículoDeducción de IVADeducción en IRPF
Exclusivamente profesional (demostrable) 100 % 100 % de la cuota como gasto deducible
Mixto: profesional y personal 50 % Proporcional al uso profesional

Preguntas frecuentes

¿Cuánto desgrava un renting de coche a un autónomo?

Depende del uso. Si demuestras un uso exclusivamente profesional del vehículo, puedes deducir el 100 % tanto del IRPF como del IVA. Si el uso es mixto, combinando actividad profesional y disfrute personal, la deducción del IVA se reduce al 50 %.

¿Qué requisitos exige Hacienda?

Dos. Primero, demostrar el uso exclusivamente profesional del vehículo, que es la condición que abre la deducción al 100 %. Y segundo, declarar el coste del renting como gasto deducible en la declaración anual del IRPF.

¿Se puede deducir el IVA de la cuota?

Sí. El IVA incluido en las cuotas mensuales —actualmente el 21 %— es deducible: al 100 % si el uso del vehículo es únicamente profesional, y al 50 % si se combina con uso personal.

¿Hay más gastos deducibles con un eléctrico?

Sí, y suelen pasarse por alto. Un autónomo puede deducir hasta el 50 % del gasto de electricidad correspondiente a desplazamientos de trabajo, además de los gastos de aparcamiento vinculados a la actividad.

¿Puedo deducir el coche si también lo uso en mi vida personal?

Sí, pero solo la parte proporcional al uso profesional en el IRPF, y el 50 % en el caso del IVA. Es un mito frecuente creer que el uso mixto anula por completo la deducción: lo que hace es reducirla.

¿Hay un límite de precio para deducir un coche eléctrico?

Hacienda no fija un límite de precio. Ahora bien, un vehículo muy caro en relación con tu facturación puede llamar la atención en caso de inspección, así que conviene que el gasto guarde proporción con la actividad.

¿Cómo demuestro ante Hacienda que el uso es profesional?

Con pruebas documentales: registros de kilometraje, facturas de mantenimiento y de recarga, y el contrato de renting a nombre del autónomo o de la empresa. Perfiles como comerciales, repartidores o transportistas lo justifican con más facilidad por la propia naturaleza de su actividad.

¿Hay bonificaciones en impuestos locales?

Muchos ayuntamientos bonifican el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) a los coches eléctricos. No afecta al IRPF, pero es un ahorro anual que conviene consultar en tu municipio.

¿Qué incluye la cuota mensual de renting?

Prácticamente todo lo relacionado con el vehículo salvo la electricidad de la recarga: gestión y pago de impuestos, cambio de neumáticos, seguro, reparaciones, mantenimiento y asistencia al cliente 24/7. Eso facilita el control del gasto y elimina los imprevistos.

¿Hay ayudas para instalar un cargador o paneles solares?

Sí. Tanto la Unión Europea como las administraciones nacionales y autonómicas ofrecen ayudas relevantes para la instalación de cargadores y de paneles solares, lo que permite minimizar —o incluso eliminar— el gasto en «combustible».

¿Te interesa este modelo en renting?

En EV-Renting somos especialistas en movilidad 100 % eléctrica para empresas y autónomos. Solicita una oferta personalizada o una consultoría gratuita con uno de nuestros expertos.

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