Punto de Recarga Doméstico

Mobility Service mantiene actualmente un acuerdo con Iberdrola y Wallbox por el que puedes incluir a tu contrato de renting el servicio adicional de instalación de un Punto de Recarga residencial con un precio único ya sea en tu domicilio particular o en tu comunidad de propietarios.

Una vez formalizado el pedido de renting con nosotros, Iberdrola se pondrá en contacto contigo en un plazo de 5 días para coordinar la instalación del Punto de Recarga. Una instalación se considerará residencial cuando se realice en viviendas unifamiliares o garajes comunitarios con un máximo de 200 metros de cable. Cualquier instalación que exceda de esta limitación deberá ser valorada previamente por el servicio de instalación de Iberdrola.

¿Qué incluye el Punto de Recarga que puedes añadir a tu contrato de renting?

  • Punto de Recarga Wallbox Pulsar Plus con función Power Boost de balanceo de potencia.

  • Instalación del equipo por parte de Iberdrola.

  • Asistencia especializada 24 horas del equipo de Iberdrola Smart Mobility. Teléfono 900 92 92 93

  • Garantía a lo largo de todo el período de contratación de renting de tu vehículo.

  • Smartphone App para la gestión de la recarga en tu hogar y recarga pública.

¿Cuáles son los requisitos técnicos para instalar el Punto de Recarga?

Para poder realizar la instalación eléctrica del punto de recarga es necesario que exista un punto de suministro de 230/400 VAC dotado de conexión a tierra, con cuadro general de mando y protección y equipo a medida.

Normalmente se realiza una conexión desde el contador (cuando éste se encuentre en el cuarto de contadores en la planta 0), ya que la distancia a la plaza de garaje es menor que si se realiza desde el cuadro general de mando y protección, ubicado en la entrada de la vivienda. Pero debes tener en cuenta que cada instalación es diferente, por lo que el instalador realizará una primera visita para valorar la mejor opción de instalación.

¿Debo aumentar la potencia contratada en mi domicilio?

En cuánto a la potencia eléctrica contratada en el domicilio deberás tener en cuenta que, en principio, no será necesario solicitar un aumento de potencia al proveedor con quién tengas contratado el suministro eléctrico.

La carga de tu vehículo eléctrico es recomendable que la realices en horario nocturno para poder tener acceso a la tarifa valle pero debe considerar que la potencia contratada afectará a la velocidad de carga de tu vehículo. En Mobility Service solemos recomendar una potencia mínima de 7,4kW con la que podremos cargar la mayoría de los vehículos que ofrecemos en nuestro catálogo en una noche. Con un a potencia menor también lo podrás cargar sin problema, pero tardarás más.

Si contrato el servicio, ¿debo cambiar mi proveedor de suministro eléctrico a Iberdrola?

No. Iberdrola es la empresa que se encargará de la correcta instalación del equipo de recarga pero en ningún caso te obligará a contratar el suminstro eléctrico con ellos.

¿Qué pasa si necesito instalar el equipo en una comunidad de propietarios?

En este caso, será necesario informar a la comunidad de propietarios de que se va a proceder a la instalación de un equipo de recarga en tu plaza de parking. Lo único que debes tener en cuenta es que, en tu plaza de parking, debes tener instalado un punto de suministro propio en el que poder realizar la conexión del Punto de Recarga. De esta manera, el consumo que vayas a realizar podrá ser facturado a tu nombre y no a nombre de la comunidad de propietarios.

En el caso de que no cuentes con un punto de suministro propio, Iberdrola podrá proponerte su instalación y te ofrecerá una tarifa optimizada para el consumo de tu vehículo eléctrico. En este caso deberás asumir el coste de esta instalación al no formar parte del paquete "Punto de Recarga Doméstico" que ofrecemos. En este escenario también debes contemplar que el plazo de instalación del punto de recarga se verá demorado por el plazo de instalación del punto de suministro, que puede oscilar entre los 25 y 45 días.

¿Puede oponerse la comunidad de propietarios a la instalación de un Punto de Recarga residencial?

No. La comunidad de vecinos no te puede prohibir la instalación de este equipo, la Ley 49/1960 de 21 de julio de Propiedad Horizontal establece en el Artículo 17 punto 5: "La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, solo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma".

¿Puede contratar este servicio si mi plaza de parking es alquilada?

No hay problema pero para ello deberás pedir primero autorización al propietario de tu plaza de parking. Se recomienda que el arrendador lo autorice por escrito, con su firma, para evitar problemas posteriores. Además, dicha autorización la podrás adjuntar a la comunicación de instalación.

¿Y si cambio de domicilio?

En este caso deberás comunicárnoslo para que solicitemos un presupuesto de reubicación de tu equipo ya que deberemos desinstalar y volver a instalarlo en tu nuevo domicilio.

¿Qué pasa con el equipo de recarga una vez finalizado el contrato de renting?

Una vez el contrato de renting del vehículo llegue a su fin te pasaremos una oferta para que el equipo pase a ser de tu propiedad. En caso de renovar tu contrato de renting con nosotros para un nuevo vehículo eléctrico tendrás la opción también de renovar este equipo por uno nuevo si decides añadir nuevamente este servicio.

Clientes Satisfechos

Nuestros clientes valoran nuestro servicio con una puntuación de 9,1 en Países Bajos. Arrancamos ahora en España con un objetivo muy claro, igualar o incluso mejorar esta valoración. No dudes en hacernos llegar tu opinión acerca de nuestro servicio y de cómo podemos ayudarte en tu transición a la movilidad eléctrica.

El 95% nos recomienda

9.1